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ARCA modificó el ingreso de IVA para operaciones en plataformas digitales

El texto señaló que la actualización buscó precisar el alcance operativo de los sujetos alcanzados y establecer parámetros más claros sobre la determinación del tributo por parte de intermediarios y proveedores que actúan en entornos digitales.

La norma indicó que el régimen abarca transacciones concertadas por medios electrónicos en el marco de plataformas que facilitan la oferta, la publicidad o la intermediación de bienes y servicios.

La resolución precisó que los sujetos comprendidos deben registrar las operaciones en los sistemas informáticos dispuestos por la ARCA, con el fin de garantizar trazabilidad, verificación y cumplimiento de las obligaciones asociadas al IVA. Con esto, las plataformas digitales tienen que aplicar los mecanismos de ingreso definidos para asegurar la recaudación correspondiente.

Según el texto, la resolución se dictó en el marco de las facultades de fiscalización, control y recaudación atribuidas a la ARCA. La entidad puntualizó que la actualización del régimen forma parte de una adecuación normativa iniciada en períodos previos, destinada a reorganizar el alcance de los regímenes de percepción aplicados a actividades sujetas a intermediación digital.

El organismo remarcó que el régimen actualizado debe aplicarse desde la fecha indicada en el anexo y conforme a las disposiciones que regulan la operatividad tributaria en entornos electrónicos.

FUENTE: NA

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